el artículo que sigue está publicado en La Nación de Bs. As. a propósito de la futura Ley de Radiodifusión que está entre los proyectos parlamentarios a discutirse pronto.
Los derechos humanos hay que defenderlos en todo tiempo y lugar. Más aún, cuando ellos están amenazados, cercenados o desconocidos. Los derechos humanos y las libertades fundamentales son patrimonio innato de todos los seres humanos, y su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos. Entre estos derechos, sin cuyo reconocimiento y respeto las personas no pueden vivir la dignidad propia de su naturaleza, se encuentran las libertades de opinión y de expresión. Ambas, como todos los derechos humanos, son universales, indivisibles e interdependientes, y están relacionados entre sí.
También, como todos los derechos humanos, las libertades de opinión y de expresión figuran en el vértice de la pirámide jurídica de la legislación argentina. Fue así en la Constitución de 1853, pero con más razón, después que la Argentina se incorporó a las Naciones Unidas y aceptó como obligatoria la Carta aprobada en el Tratado de San Francisco. La reforma constitucional de 1994 incorporó explícitamente la primacía de los tratados internacionales.
La libertad de opinión es un derecho absoluto y, por lo tanto, nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. La libertad de expresión, por su parte, es un derecho que tienen todas las personas y comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento. El ejercicio de este derecho de expresión entraña deberes y responsabilidades y no puede sufrir restricciones que no estén expresamente fijadas por la ley y ser absolutamente necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o a la protección de la seguridad nacional, el orden público, o a la salud o la moral públicas. No basta invocar la necesidad de tal protección; ella tiene que ser real y probada, y nunca las restricciones de tales características pueden llevar al desconocimiento del derecho de expresión.
En la Argentina, el ejercicio de la libertad de opinión en frecuentes ocasiones provoca molestias y temores, y la libertad de expresión sufre restricciones. En muchas provincias, la prensa no es libre, en la medida en que vive de la publicidad oficial y los gobernantes la distribuyen entre los medios que son complacientes y silencian críticas. Esto desemboca en autocensuras. Por lo general, son los propios gobernantes quienes amedrentan a los periodistas que se mueven con independencia. Se rigen por el principio totalitario de que quienes no son sus amigos son sus enemigos.
Tanto el anterior presidente como ahora la señora Cristina Fernández de Kirchner han hecho de las críticas y hasta de los agravios a la prensa independiente una práctica frecuente en sus discursos. El problema no es que se legisle sobre el tema, sino cómo se lo haga. Todos tenemos la obligación de velar para que la futura ley elimine las restricciones existentes a estos medios de comunicación y garantice el pleno ejercicio de las libertades de expresión y de opinión.
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